Carmen de Patagones, Noviembre de 2008.-
Visto:
La sanción de la Ley Nacional N° 25.955 – Decreto 1667/04, promulgada con fecha 23de noviembre del año 2004, por la cual se determina la definitiva pertenencia del Partido de Patagones a la Región Patagónica Argentina, en reconocimiento de legítimos e inalienables derechos y la Ley Nacional N° 23272, por medio de la cual también se incorpora a la Provincia de la Pampa a la citada región.
Considerando:
Que, este reconocimiento implica que el Partido de Patagones y la Provincia de la Pampa, en su totalidad, debería gozar de los mismos beneficios con que cuentan las Provincias que integran la Patagonia Argentina, en procura de lo cual se están llevando a cabo distintas acciones;
Que, teniendo en cuenta la particular situación geográfica del Partido de Patagones, y la Provincia de la Pampa, en donde se procura realizar las gestiones pertinentes con el fin de que la Región Patagónica obtenga el beneficio del COMBUSTIBLE SUBSIDIADO para la Patagonia Norte.
Que, conocida la situación por la que se encuentran atravesando los productores de esta región, es necesario establecer políticas de estado que garanticen y estimulen la parte productiva.
Que, una vez más nuestra región se ve afectada por la sequía y es donde nuestros productores deben afrontar los gastos de una nueva siembra sin tener algún beneficio sobre el tema del combustible.
Que, con la obtención del COMBUSTIBLE SUBSIDIADO para la Patagonia Norte, ayudaría a la parte productiva en gran parte para continuar con el trabajo de la producción en nuestra zona.
Que, además de la situación agropecuaria que es de suma importancia, implica en esta el quehacer turístico de la zona, dado la proximidad a la ciudad de Viedma, cabecera del Departamento Adolfo Alsina en la Provincia de Río Negro, distritos que cuentan con importantes atractivos turísticos, como Bahía San Blas; Balneario Villa Mazzini (El Cóndor); las costas del Río Negro y otros lugares no menos atractivos, resulta de primordial importancia propiciar la mayor permanencia en esta zona de muchos de los turistas que pasan por ella, quedándose únicamente un día o dos a lo sumo, para luego continuar hacia otros lugares donde han decidido pasar sus vacaciones;
Que, igualmente debería considerarse en este accionar la participación del Municipio de San Antonio Oeste, que cuenta con el excelente atractivo de su Balneario Las Grutas y el importante Puerto de San Antonio Este, cuya cercanía de los municipios de Patagones y Viedma (190 Km.) permitiría conformar con éstos una importantísima unidad turística regional facilitando las acciones que se lleven a cabo en tal sentido.
Que, es conocida la acción que ha llevado desde hace años la Municipalidad de San Antonio Oeste ante distintas autoridades nacionales y provinciales, sin resultado hasta la fecha, en procura de lograr el establecimiento del COMBUSTIBLE SUBSIDIADO en esa zona, como una forma más de incrementar la captación de turistas, con el importante beneficio que ese logro significaría, no solo para los productores y turistas sino para los mismos vecinos residentes en ese distrito.
Que, la venta de COMBUSTIBLE SUBSIDIADO empieza en una estación de servicios ubicada a poco más de treinta kilómetros de Las Grutas, motivando que muchos automovilistas se lleguen hasta allí a cargar combustible, en desmedro de las estaciones de servicios ubicadas en San Antonio Oeste y Las Grutas.
Que, una de las acciones más efectivas para lograr la permanencia de turistas en nuestra región, sería conseguir que la línea de combustibles subsidiados se desplace hasta el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos aires; incluyendo también a las localidades de la La Adela (Caleu Caleu - La Pampa), Viedma, Guardia Mitre (Departamento de Adolfo Alsina), San Antonio Oeste y Balneario de las Grutas (San Antonio); General Conesa (Conesa); Río Colorado (Pichi Mahuida); inclusive, por lo cual los turistas podrían prolongar su estadía en nuestra región y recorrer toda esta amplia zona con un gasto menor en combustible, tal como sucede en las
Regiones Patagónicas al sur de la línea poligonal determinada por la Ruta Nacional Nº 23 en la Provincia de Río Negro;
Que, resulta obvio suponer que una acción conjunta de los municipios ante las autoridades Nacionales y Provinciales pertinentes resultaría más efectiva, para reforzar lo cual requeriríamos la participación en tales gestiones de la señora Presidente de la Nación, los señores Gobernadores de Provincia, los señores Intendentes de las localidades señaladas, como así también Senadores y Diputados Nacionales y Provinciales de nuestros Distritos.
Que, este beneficio antiguamente comenzaba en el Kilómetro 711 de la Ruta Nacional Nº 3 (Distrito de Bahía Blanca) y que por una decisión política del gobierno de turno se traslado aproximadamente a la altura del Paralelo 42, a 30 Km. de San Antonio Oeste, Provincia de Río Negro de la ruta mencionada anteriormente, en perjuicio de nuestra región;
Que, sería conveniente mantener una diferenciación comparativa con respecto al beneficio con el que actualmente se cuenta en la Localidad de Sierra Grande y demás localidades que gozan actualmente de este beneficio para los combustibles.
Que, en Sesión Conjunta de los Concejos Deliberantes de San Antonio Oeste, Viedma y Partido de Patagones celebrada el día 22 de abril de 2005 se aprobó por unanimidad de ediles solicitar el corrimiento de la línea geográfica del abaratamiento de combustible.
POR TODO ELLO EL CUARTO FORO DE CONCEJALES PATAGONICOS:
RESUELVE
ARTICULO 1º: Encomendar al Foro de Concejales Patagónicos (Mesa Ejecutiva), iniciar gestiones por ante la Señora Presidente de la Nación Argentina, Sra. Cristina Fernández de Kirchner, ante el Congreso Nacional, como así mismo ante las Autoridades Nacionales, Provinciales, Parlamento Patagónico de Diputados Provinciales y/o Municipales pertinentes, para que se disponga el corrimiento de la línea geográfica a partir de la cual se registre, el COMBUSTIBLE SUBSIDIADO para la Patagonia Norte en su totalidad y en una primera etapa incluir a las siguientes localidades: Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires, las localidades de la La Adela (Caleu Caleu - La Pampa), Viedma, Guardia Mitre (Departamento de Adolfo Alsina), San Antonio Oeste y Balneario de las Grutas (San Antonio); General Conesa (Conesa); y Río Colorado (Pichi Mahuida) de la Provincia de Río Negro.
ARTICULO 2º: Facultar a la Presidencia del Foro de Concejales Patagónicos para llevar adelante las presentes actuaciones.
ARTICULO 3º: Establecer una agenda de urgentes reuniones entre los Concejos Deliberantes y los Señores Intendentes de los Distritos mencionados, con participación de funcionarios de las respectivas áreas de producción y turismo, tendientes a organizar una única entidad de desarrollo productivo - turístico regional, cuyo propósito será instrumentar acciones comunes para la Producción y el turismo de nuestros Distritos.
ARTICULO 4º: Hacer cumplir, registrar, comunicar a las autoridades que correspondan.
DADA EN EL CUARTO FORO DE CONCEJALES PATAGONICOS CELEBRADO EN LA CIUDAD DE CARMEN DE PATAGONES, LOS DIAS 27 y 28 DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2008.
REGISTRADA BAJO EL Nº 05/200