03-07-09
EL H.C.D. TOMA MEDIDAS PREVENTIVAS.
El Concejo comunica que debido a la pandemia de la Gripe A, registrada a nivel Nacional a la que no es ajena el distrito de Patagones, el Honorable Concejo Deliberante, resolvio de común acuerdo con los Bloques Políticos que lo integran, suspender las actividades hasta el día 27 de julio de 2009, estableciendo una guardia de atención al público.
Carmen de Patagones, 06 de julio de 2009.
VISTO:
Las medidas adoptadas a nivel Nacional y Provincial con respecto a la pandemia de la Gripe A (H1N1), Decreto Provincial Nº 1040/09, y;
CONSIDERANDO:
Que, es necesario establecer estrategias claras para mitigar los efectos de la misma en la Comunidad toda;
Que, a los fines de evitar la circulación progresiva del virus y su transmisibilidad en virtud que el mismo ha sido considerado pandémico a nivel mundial, por la Organización Mundial de la Salud; los Presidentes de los Bloques Políticos del Honorable Concejo Deliberante de Patagones en conjunto con el Presidente del Honorable Cuerpo, decidieron adoptar normas precisas respecto del funcionamiento del mismo.
POR ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY:
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Suspender la octava Sesión Ordinaria a llevarse a cabo el día 15 de julio de 2009.
ARTICULO 2º: Distribuir personal en grupos de cuatro (4) personas a los fines de evitar ambientes con riesgo de contagio.
ARTICULO 3º: Autorizar a los agentes Municipales Madres con niños menores de doce (12) años, ambarazadas, asmáticos, empleados con enfermedades crónicas oncológicas e inmune, deprimidos o de riesgo, dializados y diabéticos, no concurrir al servicio desde el 6 de julio y hasta el día 27 de julio de 2009 inclusive.
ARTICULO 4º: Establecer una guardia de atención al público en el Departamento Deliberativo durante el período mencionado.
ARTICULO 5º: Determinar que se analizará conforme se sucedan los hechos la continuación o no de las medidas adoptadas con posterioridad al 27 de julio de 2009.
ARTICULO 6º: El presente Decreto será refrendado por los Señores Presidentes de Bloques que integran el Honorable Cuerpo.
ARTICULO 7º: Cumplase, regístrese, comuniquese a quienes corresponda, dese al Digesto Municipal, archívese.
REGISTRADO BAJO EL Nº 11HCD/2009.
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Carmen de Patagones, 06 de julio de 2009.
VISTO:
El Decreto Nº 11HCD/09, y;
CONSIDERANDO:
Que, por el mismo el Honorable Cuerpo por unanimidad de criterio de los Sres. concejales y con la rúbrica de los Sres. Presidentes de Bloques, decidieron adoptar medidas preventivas en las Dependencias respecto de la Gripe Influenza A (H1N1);
Que, conforme lo determina el Articulo 4º de dicho Decreto se establece una guardia de atención en el período que va desde 1º de julio al 27 del mismo mes;
Que, corresponde determinar el horario de atención;
POR ELLO EL PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY:
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Establecese el siguiente horario de atención al público de 09:00 a 13:00 horas, en el Honorable Concejo Deliberante de Patagones, Secretaria y Bloques Políticos en el período que abarca del 6 al 27 de julio de 2009 conforme lo determina el Decreto 11HCD/09.
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria del Honorable Concejo Deliberante.
ARTICULO 3·º: Cúmplase, regístrese, comuníquese a quienes corresponda, archívese.
REGISTRADO BAJO EL Nº 08PHCD/2009