C. de Patagones, mayo 2010.

VISTO:

Lo actuado en el Expediente Nº 4084-12HCD/03 que obra la Ordenanza Nª 33/06, y ;

CONSIDERANDO:

Que, es necesario plantear modificaciones para su actualización al régimen de esta ordenanza, en el artículo 7º, inciso 2b, item 2 - ACREDITACION DE INGRESOS, dentro y fuera del Partido de Patagones.

Que, por Decreto Nº 2317/09, se modificó el artículo 4º del Decreto Municipal 1446/09, fíjandose una nueva escala salarial de sueldos básicos, llevándose en este caso la categoría dos (2) del escalafón administrativo a $889,35.

Que, por ello es inevitable realizar una reforma en el pedido de ingreso del grupo familiar que deberá superar los cuatro sueldos básicos de la categría dos (2) del escalafón administrativo municipal.

POR ELLO, LOS SEÑORES CONCEJALES INTEGRANTES DE LA COMISION DE HACIENDA Y PRESUPUESTO, ELEVA AL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EL SIGUIENTE PROYECTO DE:ORDENANZA

ARTICULO 1°: Modifíquese el articulo 7º - Inciso 2b - Item 2 - Acreditación de ingresos, que deberá decir:

ARTICULO 7ª: (Inciso 2b - item 2): Para los alumnos que estudian dentro y fuera del PArtido".

El ingreso del grupo familiar no deberá superar los cuatro (4) sueldos básicos de la categoria dos (2) del Escalafón del Empleado Administrativo Municipal, según Decreto Municipal Nº 2317/09.

ARTICULO 2°: Realizase por Secretaria Legislativa del H.C.D., el texto ordenando correspondiente en la Ordenanza 33/06.

ARTICULO 3°: De forma.